DE JUSTICIA NACIONAL 249 declaro, oido el dictámen fiscal, que el asunto presentado no corresponde á la jurisdiccion de este tribunal, y ordeno que se archive si no fuere apelado este auto.
Carrillo.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 24 de 1898. 
Suprema Corte :
Nada necesito agregar á lo establecido en la resolucion de foja 2 vuelta, por lo que me limito á pedir á V, E. la contirmacion por sus fundamentos.
— Sabiniano Kier.
Faile de la Suproma Corte Bueno Aires, Febrero 28 de 1899.
Vistos: de acuerdo con ¡lo pedido por el señor Procurador general, se confirma por sus fundamentos el auto apelado de foja dos, con costas al recurrente. Devuélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el inferioz.
ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNCE.
 — JUAN E. TORRENT. 
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:249 
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