DE JUSTICIA NACIONAL 191 2" Que el no establecerse datos precisos que determinen el $ valor de la cosa expropiada en razon de la renta que produce, y por consiguiente cual sea el perjuicio que se causa al propietario por la privacion de esa renta, quedan ambus cosas libradas al criterio pericial, 3° Que dada la disparidad de opinion de los peritos propuestos por los interesados, es lógico estar á lo expuesto por el tercero en razon al promedio eiegido y á las razones invocadas, las que el juzgado reproduce, En este concepto y siendo la superficie ocupada de 5895 metros cuadrados, se fija el pre- .
cio de ésta á razon de 50 centavos moneda nacional el metro cuadrado, lo que importa la suma de 2947 pesos con 40 centavos; y en 5 centavos moneda nacional, como indemnizacion por cada metro de la superficie de 112.331 metros cuadrados, resto de la chacra dividida, 6 sea la suma de 5616 pesos con 55 centavos ; moneda nacional, Por esto, fallo : condenando á la empresa del Ferrocarril del — Sural pago, dentro de 10 dias de consentida 6 ejecutoriada la j presente, de la cantidad de 8564 pesos, con 5 centavos moneda nacional, total de las cantidades expresadas en el anterior con- ° siderando, debiendo abonarse los intereses á estilo de Banco desde la fecha de la ocupacion de este terreno por la empresa, y limitarse Jas costas al pago de honorarios de peritos y actuaciones, Notifíquese y repúnganse la foja.
Mariano S. de Aurrecoechea.
Compartir
52Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1898, CSJN Fallos: 76:191
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-76/pagina-191¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 76 en el número: 191 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
