Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 7 de 1898, Visto en el acuerdo, y resultando de la propia exposicion precedente que se trata de la interpretacion y aplicacion que los jueces de la Capital han hecho de las leyes de procedimiento dictadas parala sustanciación de las causas de la competencia de la justicia local, Y teniendo en consideracion que con tales antecedentes, el caso no está comprendido en ningunodr los incisos del artículo catorce de la ley de jurisdiccion y competencia de los tribunales nacionales. como lo tiene establecido la jurisprudencia de esta Suprema Corte, Por esto, se declara no haber lugar al recurso traido y archívese.
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUN
GE. — JUAN E. TORRENT.
CAUSA CAN VIII
Delor y compañía y otros, contra Pini hermanos y otros, por falsificación de marcas de fábrica; sobre mstruccion de sumario. :
Sumario. — No procede la instruccion del sumario en los delitos de falsificacion de marca de fábrica, acusados ante la justicia federal, con arreglo ú la ley especial de la materia.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:236
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