454 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE diendo de allí que sólo se hubieran encontrado en la tierra que el uno vendía y el otro compraba, dos mil trescientas sesenta y cuatro hectáreas, noventa y una áreas y once centiáreas.
Que si á esto se agrega que, sin contestacion y más bien con el asentimiento del gobierno, Bonorino afirmó en la gestion administrativa ya recordada que sólo había vendido lu superficie determinada en la escritura y que el sobrante le pertenecía, no puede haber duda que la demanda no debe prosperar.
Por estos fundamentos se absuelve á la provincia de Buenos Aires de la demanda de foja una, siendo las costas á cargo del actor. Notifíquese con el original, y repuestos los sellos, archívense, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.—
OCTAVIO BUNGE.— JUAN E. TO-
RRENT.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:454
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