noció los derechos de la segunda sobre el terreno en cuestion, y manifestó á la Suprema Corte que, en su virtud, había indemnizado al señor Arteaga.
La Suprema Corte, en vista de esta manifestacion, dió por terminado el juicio y mandó archivar los autos.
El apoderado de Gódeken, citante de eviccion de la provincia de Santa Fé, pidió que se condenara ála de Córdoba, en las costas y daños y perjuicios que le había ocasionado el pleito, Fallo de Ia Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 19 de 1897.
Autos y vistos: Considerando: Que el auto de foja doscientas ochenta y seis vuelta, que da por terminado el juicio y se halla consentido por Jas partes, tiene fuerza de definitivo, lo que no se contesta en el presente escrito.
Que notificado el solicitante de ese acto, en nueve del corriente, pide que sea ampliado con la condenacion en costas y daños y perjuicios, recien el quince del mismo.
Que conforme á la ley tres, título veintidos, partida tercera, dicha ampliacion ha sido solicitada fuera del término hábil para hacerla.
Que además la provincia dé Santa Fé, que se ha hecho parte en el juicio á pedido del solicitante, y en defensa y en representacion de sus derechos, no ha pedido que se impusiera ála de Córdoba las mencionadas condenaciones.
Por estos fundamentos, no se hace lugar á la peticion contenida en el escrito precedente. Hágase saber con el original y repóngase el papel.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— JUAN E. TORRENT.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:261
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