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Fallos: 7:93 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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Tercero, que la ley que cita el Juez de Seccion ha sido reformada por la antes mencionada de catorce de Setiembre de mil ochocientos sesenta y tres; por estos fundamentos. se revoca el auto apelado de foja ocho, y satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvanse al juez a quo para que, reasumiendo su jurisdiccion, conozca de la demanda, y resuelva oportunamente lo que corresponda por derecho, FRANCISCO DE Las CARRERAS.—SaLvavor Manía ve. Canni.— Francisco Decano. — José Bannos Pazos. — Benito CARRAsco.

—Ñ 3 —
CAUSA E XIIE.
El Dr. Don José Francisco Lopez contra el Gobierno de SantaFe, por cobro de pesos. Recurso de revision.

Sumario.—1° El recurso de revision solo puede admitirse en lop casos determinados em el título XXIII de la ley de Procedimientos.

2 No están comprendidos en ese título los documentos de

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:93 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-93

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