Fallo del Juez de Beceion.
Salta, Noviembre 3 de 1868.
Vistos, resulta: que, librada comision por este Juzgado al Juez de Paz de Metan para la remision, en calidad de presos por via de compulsion, de seis testigos nombrados, que rehusalan comparecer á declarar anic el suscrito en una causa sobre rebelion contra la Autoridad Nacional, seguida en esta jurisdiccion contra varios individuos; y que cumplida la comision respecto de dos de esos testigos desobedientes, que fueron Gregorio Lopez y Cirilo Naranjo, « arrebataron á estos del poder de los empleados que los eonducian, que fueron el oficial Escolástico Chaves y tres individuos mas de tropa, y los pusicron en inmediata libertad, en el camino de Metan á esta ciudad, Eustaquio Huidobro teniente á la sazon de este Departamento, y Gregorio Osares, sin que los asaltantes tuvieran necesidad de mear contra los asaliados de las armas que llevaban .
consigo, mí de otra violencia 4 pesar de haber manifestado con los hechos referidos y con palabras categóricas estar á cello dispuestos, porque los asaltalos turbados y aterrados, no opusieron resistencia alguna; habiendo acompañado al hecho de la solturá el de un mensage de Huidobro dirigido al Juez de Paz, haciendo alarde de aquel hecho, provocindole á que le buscara y protestándole que, si mo era buscado, úl le bascaria; verilicándose al día siguien1e que, no habiendo buscado el Juez á Huidobro, este asaltó á mano armada la casa de aquel, llevando en su compañía á los dos presos soltados y á su cómplice en la soltura, trabúndose un combate entre los asaltantes y los asaltados, que fucron cel Juez y otros individuos que lo acompañaban, del que resultó la fuga de aquellos, que
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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:422
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