DE JUSTICIA NACIONAL
tencia, nisiquiera hay presunciones más 6 menos graves que pudieran motivar razonable duda que autorice la suspension aun indefinida del procedimiento criminal.
Por esto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código deProcedimientes en lo Cri= minal, se reforma la resolucion apelada de foja veinticinco vuelta, y se declara definitivo el sobreseimiento pronunciado, Devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. ——
JUAN E. TORRENT,
CAUSA CELXX XVII
Criminal contra Francisco Gardel, por daños en la maguinaría de las aguas corrientes de la Capital; sobre jurisdicción.
Sumario, — Corresponde á la justicia ordinaria de la Capital la averiguacion y castigo de delitos comunes cometidos en lugares en que el gobierno de la Nacion ejerce jurisdiocion cumo gohierno locai de la Capital y no como gobierno general.
Caso. — Resulta del fallo de la Suprema Corte.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:9
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