222 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE jecion á la prescripcion del artículo 49 del Código Penal, siendo justa la sentencia recurrida de foja 6 vuelta, y procedente el pedido de la expresion de agravios, con sujecion á la jurisprudencia invocada, á V. E. pidose sirva confirmar la sentencia recurrida, con la declaracion del descuento del tiempo de la prision sufrida, que reclama el defensor del procesado.
Sabiniano Krer.
i Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 21 de 1896 Vistos: De acuerdo cun lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada de foja seis vuelta, con declaracion de que debe descontarse al procesado el tiempo de prision sufrida á razon de un día de ésta por otro de servicio en el ejército. Devuélvanse.
BENJAMIN PaZ. — LUIS V. VARELA.
— OCTAVIO BUNGE.— JUAN E. TO
RENT,
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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:222
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