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Fallos: 65:216 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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al 2 — FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ES por otro de ésta. Notifíquese con el original, regístrese y lía brense los oficios del caso.

A M. S. de Aurrecoechea.

E Be VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL a hi Buenos Aires, Octubre 6 de 1895.

E Suprema Corte :

Aunque en esta causa no se ha abierto término de prueba, | ninguna nulidad se ha deducido de esa omision por el defensor del procesado. No creo que pudiera deducirse, por cuanto el Juzgado ha ordenado de oficio las diligencias conducentes ú la justificacion de las escusas alegadas, Resultando injustificadas, segun los informes de fojas 5 y 7 vuelta, corresponde la confirmacion dela sentencia apelada de foja 9, con deduccion del tiempo de prision sufrida, con arreglo ú las precedentes declaraciones de V. E.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 24 de 1896.

Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada de foja nueve.

Devuélvanse.


BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
— OCTAVIO BUNGE, — JUAN E. TO

RRENT,

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:216 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-216

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