—_.- FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
RESOLUCION DE ADUANA
Buenos Aires, Setiembre 21 de 1891. Visto lo actuado, de lo que resulta : Que la barca italiana « Battaglia » condujo con destino al extranjero 634.160 kilos huesos, habiéndose satisfecho derechos de exportacion en esta Aduana por 506.094 kilos, y en la de La Plata por 25.000, lo que hace un total de 531,094; no habiendo, por consiguiente, satisfecho derechos 103.086 kilos, lo que está plenamente comprobado por lo expuesto en las declaraciones de fojas 3 y 4 y en carta de foja 4.
Que si bien se observa que en el boleto de embarque figuran 546.094 kilos, no explicindose cómo se haya hecho la liquidacion por sólo 506.094 kilos, esto no justifica que se haya dejado de abonará sabiendas lo que correspondía y hecho una falsa reJacion jurada por el agente del buque exportador, siendo así que dicha relacion se hace en vista de las órdenes de embarque y el conocimiento respectivo; todo lo cual demuestra con evidencia el proceder observado en este caso por el agente del buque, el barraquero y el cargador, si bien estr último, en salvaguardia de sus intereses, obtuvo del segudo la carta que está agregada ú foja 4, la cual demuestra que con anterioridad de dos meses próximamente á que se iniciara este sumario, tenía pleno conocimiento de la defraudacion cometida, determinándose en en dicha carta á quien correspondía, entre ellos, le responsabi= lidad del hecho para el caso de que se impusiera alguna pena ó multas, como las que proceden en este caso, conforme á lo dispuesto en el artículo 998 de las ordenanzas.
Que el hecho de no haberse apersonado á la aduana ninguno de los que han intervenido enla operacion, á objeto de satisfacer
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:252
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