12 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 4 : Fallo de la Suprema Corte E a Buenos Aires, Junio 9 de 1895.
a Vistos enel acuerdo: Considerando: Que en el pleito no se A ha puesto en cuestion la cláusula de la Constitucion, que se inE voca como fundamento del recurso, En Que, en consecuencia, la sentencia definitiva dictada por la E, Cámara de Apelaciones, nose ha pronunciado reconociendo ó Es descorociendo la existencia de un derecho que se pretenda baa sado en la Constitucion, Y Que tal antecedente se opone al ejercicio de la jurisdiccion E apelada atribuída á esta Suprema Corte, que no la ejerce origi+ : naria sinó en los casos expresamente determinados por la Cons titucion.
E Por esto, de conformidad con lo pedido por el señor ProcuL rador General y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo veina te y dos, inciso segundo, del Código de Procedimientos en lo Criminal, se declara bien den"gado el recurso, Agréguense esE tas actuaciones al expediente remitido como informe, y devuél— vase al Tribunal de su orígen.
+ BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARE
E LA. — ABEL BAZAN. — JUAN E.
TORRENT.
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:122
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