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Fallos: 63:448 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Y no estando autorizada por ley la solicitud de foja siete ; no halugar. Hágase saber, y repuestos los sellos, archívense.


BENJAMIN PAZ, —LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.—-JUAN E. TORRENT.

CAUSA LXXAIX
Don Victor Silvero contra la provincia de Corrientes, por mejor derecho a un campo ; sobre competencia.

Sumario. — La Suprema Corte no es competente para conocer originariamente, en la causa en que figura como parte demandada una provincia, ei ésta no es, ni puede ser, la contraparte del actor.

Caso. — Resulta del fallo de la Suprema Corte y de la
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Enero 31 de 1891.

Suprema Corte:

La jurisdiccion de V. E. para conocer en las demandas entabladas contra una provincia por los vecinos de otra, ha sido

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Año: 1896, CSJN Fallos: 63:448 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-63/pagina-448

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