principios, sin rebajarla á personalidades poco sérias, denigrantos é ineficaces ante la ley.
Hagáúse saber con el oríginai.
Severo G. del Castillo.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 90 de 1896.
Vistos y considerando : Que el presente juicio se sigue en virtud de la accion ejecutiva autorizada por el artículo mil qui— nientos setenta y ocho, Código Civil.
Que con arreglo al artículo trescientos de la ley de Procedimientos de los Tribunales Federales, sólo son apelables en el juicio ejecutivo los autos que se declaren tales en la misma ley, entre los que no se halla el que ha motivado la apelacion y nulidad otorgada.
Por esto, se declaran mal concedidos dichos recursos. Repuestos los sellos, devuéivanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO-
RRENT.
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Año: 1896, CSJN Fallos: 63:322
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