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Fallos: 63:323 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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"DE JUSTICIA NACIONAL

CAUSA LVIL :
Don Mariano Unzué contra el doctor don Ramon Febre, por cobro ejecutivo de pesos ; sobre nulidad de la sentencia de remate. E Sumario. — Es improcedente la nulidad de la sentencia de remate, fundada en haberse notificado las providencias exenciales del juicio ejecutivo, en el domicilio constituido en las letras ejecutadas, cuando resulta que el deudor ha sido notificado en forma, de la órden de constituir domicilio bajo apercibimiento, y no ha obedecido, habiendo sido además notificado, tambien en forma, del auto mandando el reconocimiento de firma, del mandamiento de embargo, y requerido personalmente por el pago.

Caso. — Don Sebastian Martinez, con poder del señor Unzué, ocurrió al Juzgado diciendo: que en uso del derecho acordado por el artículo 250 de la ley de Procedimientos, solicita se cite al doctor Ramon Febre, residente en la ciudad del Paraná, por medio de exhorto que se librará al juez de seccion, para que comparezca á reconocer sus firmas puestas en los dos documentos, uno por 16.000 pesos y otro por 10.000 pesos, ambos pa

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Año: 1896, CSJN Fallos: 63:323 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-63/pagina-323

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