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Fallos: 62:463 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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po la hacienda no estaba en condiciones de ser trasladada á Mendoza, sin grave peligro.

Quesi el vendedor se ballare imposibilitado para entregar la cosa, objeto del contrato, el comprador puede exigir que inmediatamente se le devuelva el precio que hubiese dado, sin estar obligado á esperar que cese la imposibilidad de aquel; y si la cosa vendida fuese mueble, y el vendedor no hiciese tradicion de ella, el comprador, si hubiese ya pagado el todo ó parte del precio, tendrá derecho para disolver el contrato, exigiendo la restitucion de lo que hubiese abonado, con los intereses de la demora é indemnizacion de perjuicios; 6 para demandar la entrega de la cosa y la satisfaccion de los perjuicios, como terminantemente lo disponen los artículos 1413 y 1420 del Código Civil.

Si, como lo sostiene el demandado, el comprador no recibió la hacienda, al plazo convenido, cuando se encontraba en buen estado de arreo, pudo aquel hacer uso del derecho que le acuerda el artículo 1430 del Código citade, cosa que no ha hecho ni intentado; y esta omision de su parte en punto tan esencial, está demostrando ser positivas las aseveraciones del actor, ó arroja por lo menos una vehemente presuncion de que en el tiempo prefijado para la entrega, las vacas no estaban en condiciones favorables, y que se deterioraron 6 perecieron despues, á medida que arreciaba la epidemia, al extremo de no existir ni el número suficiente para integrar el importe de la cantidad anticipada por el comprador.

La hacienda, además, fué vendida como de una calidad determinada, y el vendedor debió probar esta circunstancia, para dejar espedito su derecho cuntra el comprador y poderlo compeler árecibirla y abonar el precio (artículo 1338, Código Civil).

Lejos de hacerlo en su oportunidad, más de un año despues de haber tenido lugar los hechos, hizo levantar con tal intento la sumaria informacion que en copia corre de fojas 160 4 182,

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:463 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-463

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