Habiendo aparecido con errores, algunos sustanciales, la disidencia del señor Ministro doctor don Luis V. Varela, en la causa de don José V. Benitez con el Ferrocarril del Sud de la Provincia de Buenos Aires, sobre nulidad de un laudo, inserta en la página 242,se ha considerado conveniente reproducirla en seguida :
DISIDENCIA De estas palabras textuales del escrito en que se deducen los recursos de reduccion y nulidad, así como del contexto mismo
Vistos y considerando: Que en el convenio de foja ciento sesenta y cinco (expediente principal), el Ferrocarril del Sud recurrente y su contrario Benitez, acordaron expresamente en la cláusula octava, que:
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:451
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