causa del fraccionamiento del terreno por la vía férrea, lo que demuestra que hay un sobrante, no obstante la negativa de la parte exprupiante, puede y debe fijarse una indemnizacion.
No existiendo base para su estimacion, es de determinarse una suma equitativa, teniéndose en cuenta lo que en casos análogos ha fijado este Juzgado.
Por ello, resuelvo fijar toda indemnizacion en la suma de 400 pesos moneda nacional, que deberá pagar la empresa expropiante en la forma determinada en la sentencia de foja ... Notifíquese con el original, regístrese y repónguse las fojas.
Mariano S. de Aurrecoechea.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 15 de 1895, Vistos: Siendo equitativo el precio asignado al terreno y la indemnizacion por perjuicios, se confirman las sentencias apeladas defojas veinte y dos y cuarenta y una. Repuestos los sellos, devuélvanse, 
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
ABEL BAZAN, — OCTAVIO BUN-
GE. — JUAN E, TORRENT.
 
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:443 
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