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Fallos: 60:325 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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Resumiendo tenemos los resultados siguientes al lado de las | deudas correspondientes y las diferencias entre éstas y el valor | de las garantías : . | ino a ETE ¿e or O B. L. Ramayon sus bienes trans- | feridos é Valor. .............. 106659 363000 256341 E. Menvielle, sus bienes transferi— ! dos á J. Acuña y M. Cáceres. .. 51850 61 131425 82574 3 M. A. Ferré sus bienes transferidos Á Lara. .....eeeronecneneroe. NUNEZ 191000 101118 E. Chaine sus bienes transferidos ánD. y M. Acuña. ....e....... 8783 71200 62117 S. Derqui sus bienes transferidos áM. EL. Chaine.........e..... 37283 60000 22717 Totales. .......... 294457 66 827775 528176 34 1 17 De lo expuesto en cuanto al valor de los bienes, resulta que ya se consideren en conjunto las operaciones acusadas, ó en detalle, con relacion á cada uno de los sustituidos, los intereses 4 del Banco han sido lesionados con las delegaciones de deudores | consentidas y ejecutadas por su ex-gerente Brasch, y que ese | perjuicio, que es de 528.167 pesos moneda nacional, con arreglo e á la precedente tasacion, ha beneficiado ú los deudores primiti- | vos en la proporcion que se establece en la columna de diferen- ñ cias del resúmen anterior. y Por otra parte, aún tomando la tasacion Laffont, que es la Ñ más alta en el proceso, tendremos siempre el mismo resultado a á los efectos de la penalidad, pues las diferencias entre las deu- | das respectivas y el valor que esa tasacion les atribuye á los a bienes que las garanten, están todas sobre 6000 pesos moneda 4 nacional, que es el máximun de la ley, si se exceptúa la de Mau- | ricio L. Chaine que sólo arroja una diferencia de 4500 pesos. | Bien entendido que de esa tasacion habría que excluir los bie- ÉS nes transferidos por Simon Derqui úá Julio Acuña, Ulpiano y | | i j E

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:325 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-325

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