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Fallos: 60:32 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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Esta atirmacion de Bravaix está confirmada por la declaracion de Gregorio Marrowich, de Luis Pitta, foja 50. y de Benjamin Lacroix, foja 59, é incidentalimente por la del empleado Pablo Diaz á foja 44 vuelta.

Por el rontrario, el denunciant», es decir, el Inspector Uuviñas asegura que Dravaix desembares y acompañado de otras personas se dirigió precipitadamente y tomar un carruaje, que en efecto tomo, y donde, segun su afirmación (foja 53 vuelta) aprehendió a Bravaix, conducióndolo úla Oficina del Resguardo, Esta afirmac.on del inspector está contirmada por las declaraciones de Carmona y Escobar, foja 31 vuelta y foja 37, Jiravan agrega en seguida, que conducido por Onviñas a da Oficina del Resguardo € imvitado a declarar lo que tuviera, mauifestó our nada tema que declarar, por ser un transentnte, pero que mstado, sacó de los bolsillos los brillantes que menciona, los que le fueron secuestrados, fuja...

La denuncia contradice este hecho, y manitiesta que se vió obliyado á que se registrara ú Dravarx, sacándoje los mencionades brillantes 0 albajas que fueron allí depositados; esta 30rmacion está corroburada por el mplea to Díaz ú foja 9, Delos antecedentes recordados, resulta claramente estable cido, uv contradicho por nadie y más bin apoyado en la misma declaracion ae Dravaix (foja 44 vuelta), que los brillantes que traía y que le fueron tomados por el Inspertor Onviñas, los embarcó en Montevideo al pasar del paquete «Vittoria» en que venía de Europa, al vapor eH:livs2 en que se embarcó, cumo afirma, con destino á Palmira.

Esos brillantes que recibió en Montevideo de manos de su amigo Barrés (declaracion de foja 41 vuelta), los embarcó en puerto de un país limítrofe, y omitió manifestar al capitan ó autoridad del buque la mercancía que traía. Esto imposibilitó, en consecuencia, al capitan del vapor «Helios» el manifestar toda su carga en las condiciones que lo establece el artículo 16

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:32 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-32

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