76 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE encuentran en sus demandas, como se vé ú la simple lectura; Que aún cuando ha demostrado que no tiene obligacion de acompañar los títulos de propiedad, mucho más cuando ellos corren en otro juicio seguido conta misma Empresa sobre el mismo objeto, para mayor abundamiento los presenta, Enllo del Juez Federa Cortoba - Vbril 28 de INE, Y vistos: Las exerpeiones difatorias opuestis por el apoderado de la Empresa del Ferrocarril Central Norte en la demanda por daños y perjuicios que le tiene miciada el doctor Miguel Ange! Angulo y Gareía, siendo una de ellas la falta de personería en el actor, por no haber presentado títulos ú doramentos que com prueben la propiedad del campo porque pide los perjuicios: y la otra de (falta Jegal) defecto lezal enla demanda, exusada por oscuridad de sus términos; y Considerando: 1 ttue aunque el demandante sostiene con fundamentos jurídicos que no esti obligado a acompañar con la demanda los títulos de propiedad del campo, presenta sin embargo espontáneamente dichos títulos en... fojas útiles, Esta circunstancia viene á hacer inútil la resolucion de este punto : que carecería de todo fín práctico, de todo interés y los jueces no deben hacer en sus fallos declaraciones inútiles (Fallos de la Suprema Corte, série 17, tomo 5 pág. 316 ), Esta resolucion ni aun para atribuir las costas de la excepción será útil, pues que al presentar esos documentos el demandante no sólo no reconoce la razon ú la Empresa, sinó al contrario sos= tiene
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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:76
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