156 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE En razon á lo expresado y teniendo en cuenta su buen criterio y las atribuciones que le otorga el artículo 1057 de las Ordenanzas de Aduana, no vacila en_pedir al señor administrador que lo absuelva de tudo pena. No teniendo más que agregar se ratifica en su declaracion y firma, Santiago tirippa.—A. tiambrl.
RESOLUCION DE LA ADEANA
RBuenos Aires, Abril 15 de 1853 Vista la conformidad manifestada por el interesado en la deelaracion que antecede que comprueba lo expuesto en el parte de foja 1°. con arreglo álo dispuesto por los artículos 930 y 1054 de las ordenanzas de aduana, declaro caido en comiso el exceso de ( 11,208,080 ) nueve millones doscientos ocho mii ochenta metros, de que se trata, debiendo manifestar el interesado en el acto de la notificacion si está conforme en abonar el importe del comiso 5 hace abunduno deel exceso. Iúgases:= Lor. Astis efectos pase ú contaduría y repónganse los sellos.
S, Harbiene,
VISTA FISCAL
lnenos Aires Junto 15 de 18, Señor Juez:
Sírvase V. 5. confirmar la sentencia administrativa de foja 2, queestá debidamente fundada en las disposiciones de las ordenanzas de Aduana, J. M. Mustillo,
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1894, CSJN Fallos: 55:156
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-156¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 55 en el número: 156 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
