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Fallos: 54:54 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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he 54 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ñ las que debían ser de todos los documentos acompañados por el h actor, ° « Laparte de Don Ventura Casas insistió despues en que se proceda á desacumular los autos y dividirlosen tantos juicios como partes diversas hayan, sobre lo eual existe jurisprudencia la Suprema Corte de enel caso de Dertolletti contra la Muni cipalidad de Lujan.

Fallo del Juez Federal La Plata, Febrero 15 de 1863 Y vistos: estos autos para resolver los diversos incidentes pendientes y especialmente el de competencia, para cuya resolucion se llamó autos á foja 121, de conformidad con la vista Jiscal de foja 120 vuelta, se da por acreditada la competencia del Juzgado para conocer en la accion contra Don Manuel "Trueba, Don Eficio lRobaldo, Don José Antonio Esquiaza y Don Francisco Casas, ú quienes se les correrá traslado de la demanda, librándose los oficios de emplazamiento necesarios, dejando sin efecto la condicion de justilicar la nacionalidad de dichos demandados, En cuanto álos incidentes promovidos ú fojas 144 y 118 por el representante de los señores Grivas y su esposa y J, de Bantil, reproducidos á foja 141 y ú foja 149 por Don Pedro A, Costa, por no haberles sido entregadas las copias íntegras de los documentos acompañados á la demanda, por cuya razon piden al Juzgado declare que no están obligadas á contestarla, Y considerando: 17 Que segun lo- informes del secretario, corrientes á fojas 144 vuelta y 480, las copias entregadas son todas iguales á las que acompaña el señor Pedro A, Costa á su escrito de foja 147.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:54 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-54

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