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Fallos: 54:537 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 537
CAUSA CCCLX VI
Contra don Juan D, Lacoste; sobre comiso Sumario.—1" En materia de derechos de aduana, sólo el error evidente, que surge de la redaccion del documento mismo en que se hace la manifestacion, exime de pena.

2" La falsa manifestacion en la especie es penada con el comiso de la diferencia de la especie, Caso. —Lo indica la
RESOLUCION DE LA ADUANA
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1892, Visto lo actuado y atento el informe que antecede, de lo que resulta como género de algodon en general úun peso el kilo 216) ha resultado ser segun la verificacion practicada cortinas de algodon imitacion guipiur con un peso de (329) trescientos veinte y nueve kilos á 3 pesos kilo, lo que constituye una diferencia de especie con arreglo ú lo dipuesto por los artículos

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:537 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-537

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