e designara día para que los testigos don Juan Gottini y don Isauro Diaz fueran examinados con arreglo al interrogatorio que acompañaba.
El Juzgado señaló con ese ebieto, el día 8 de Enero de 1893, .
Con fecha 9 de Enero, el apoderado del actor pidió que se señalara nuevo día para que presten deelaracion los menciona dos testizos, en mérito de no haber sido esaminados el día an= terior por haberse encontrado ausente el Juez, El Secretario informó que el término de prueba vencio el 9 de Enero, que la diligencia fué pedida dentro de dicho término, Y que no pudo tomarse las declaraciones por haber sido Domingo el día señalado con ese objeto, Fallo del Juez Federal Salta. Enero 11 de 183 Por lo que consta enel anterior informe, y en mérito de no ser imputable á la parte la causa por la cual dejó de recibirse la declaracion en el día fijado, último del término probatorio, con citacion contraria, recia el día de mañana, Zambrano.
FEntlo de In Suprema Corte Ruenos Aires, Julio 20 de 1843 Vistos y resultando: tHe el escrito de foja treinta y cinco con la nónima de testigos, ha sido presentado fuera de la opor=
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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:83
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-83
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