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Fallos: 51:171 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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CAUSA XXXIV
La Empresa de Ferrocarriles Pobladores eomtra Doña Mercedes €. de Anchorena: sobre e.epropiación Sumario.—En las expropiaciones, la indemnizacion debe ser equitativa.

Cuso.—Lo indica el Fallo del Juez Federal La Plata, Febrero 12 de 1892.

Vistos: Nuevamente los autos seguidos por la Compañía Na— cional de Ferrocarriles Pobladores contra Doña Mercedes C. de Anchorena, sobre expropiacion.

Y considerando: 1° Que vueltos los autos de la Suprema Corte despues del acuerdo celebrado por las partes, dando por terminadas las articulaciones promovidas por la demandada, se convoca ú comparendo verbal, acto que tuvo lugar y de que instruye el acta de foja 93 y en el que los interesados nombraron los pe

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:171 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-171

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