DE JUSTICIA NACIONAL 109
CAUSA XXIL
La Empresa del Ferrocarril Central Argentino contra D. José Pintos; sobre expropiación Sumario. —En las expropiaciones, la indemnizacion debe ser equitativa.
Caso.—Lo indica el Fallo del Juez Federal Y vistos: Estos autos seguidos por el Ferrocarril Central Argentino contra Don José Pintos, por expropiacion.
1" Que como consta á foja 3 D. Marcelo T. Bosch, se presentó como apoderado del Ferrocarril Central Angentino demandando á D. José Pintos por expropiacion de 720 metros cuadrados de terreno, propiedad del demandado, ubicados en el partido de la Exaltacion de la Cruz.
2" Que por todo precio é indemnizacion la empresa consignó la suma de 180 pesos moneda nacional, como consta del recibo de foja 4, y en virtud de lo que á peticion se le concedió la pose
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:109
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-109
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