Notifíquese con el original, regístrese y repónganse las fojas sin más trámite.
Mariano S. de Aurrecoechea.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 4 de 1893.
Vistos: Siendo equitativa la indemnizacion fijada por la sentencia apelada de foja sesenta y dos: se confirma ésta con costas, con arreglo á lo dispuesto por el artículo 18 de la ley de la materia. Repuestos los sellos devuélvanse. :
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN, —
OCTAVIO BUNGE.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:103
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