10 Que Bravo y Yanci Hermanos pidieron el despacho de sus manifiestos antes de la circular que les pasó Olascuaga, y Arévalo y Aguiar á consecuencia de ella. 20 Que Arévalo y Aguiar bicieron sus despachos antes que los rebeldes se apoderaran de la Aduana, sin manifestar que eran violentados. —93' Todas las introducciones y los despachos de sus manifiestos fueron hechos antes del predominio de la rebelion, y sus operaciones consiguientes durante ella. — 4 Que cuando fué vencida la rebelion y volvió 4 tomar posesion de la Aduana enconirá de todos los manifiestos uno de sus ejemplares simples sin liquidar.—5° Que la práctica es presentarse Jos manifiestos en copias duplicadas, y Jas dos se liquidan ; pero que Olascuaga no hizo así, sinó que obligo al Vista y Auxiliar á liquidar una sola y dejó sin liquidarse el otro ejemplar.
2 Copia auténtica de una nota y sus anexos del Administrador Gil, pasada al Gobierno General, despues de recuperada la Aduana. En la nota se consignan estos conceptos: Videla espidió las circulares á los comerciantes, y á consecuencia de ella, solicitaron estos sus mercaderías bajo los trámites ordinarios. Por un efecto de mi negativa á las pretenciones de los rebeldes, el Vista Daniel Lima y el auxiliar Alejandro Godoy que estaban preso é incomuntcados, fueron puestos bajo la vigilancia de las fuerzas acantonadas en la Aduana, para que hicieran la liquidacion de todos los manifiestos encontrados, los que fueron endosados por Videla á Olascuaga, y sin otro documento cobraron su importe.
Fallo del Juez Seccional.
San Juan, Agosto 16 de 1867.
Vistos estos autos ejecutivos seguidos á instancia del Fiscal, contra Don Luis Arévalo, Don Camilo Aguiar, los Sres. Yanci Hnos. y Don Desiderio Bravo sobre cobro de derechos de Aduana, por los valores que representan los manifiestos que se rejistran desde foja $ hasta foja 6, de foja 20 4 21, de foja23 4 40, y de
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:159
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