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Fallos: 46:426 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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conte Bollero celebró, á nombre del síndico del concurso Lavarello, de Génova, la venta de que instruye el contrato de foja...; Que el poder de Bollero no era suficiente, segun la ley italiana, por no haber sido facultado el síndico para la venta; Que para suplir esa falta se telegrafió para saber si el Tribunal había ratificado la delibericion de la venta, apareciendo solo el telegrama contestacion en estos términos: « Tribunal autorizó venta superior dos millones.—Delrassi.» Que ese telegrama no suple la deficiencia del poder.

porque Delcassi es extraño al concurso; se ignora el telegrama de pregunta, no se nombra el « Aquila», no se dice si la venta autorizada es en remate; Que la falsedad del contenido del telegrama se patentiza, si se tiene presente lo que ocurría en Génova en el mes de Julio; Que el mismo Porta, poderdante de Bollero, en 2 de Julio estipuló con el Director General de la Compañía «La Veloce», ante el Escribano Serra, la venta de seis vapores del concurso Lavarello, entre ellos el « Aquila », todos por 5.500.000 liras italianas, pagadero 1.300.000 al contado, y el resto en obligaciones de la misma Compañía; Que así el poder de 12 de Junio, había caducado por la venta hecha ú «La Veloce», el 2 de Julio, y Bollero no podía vender; Que el Ministro Vidal se encontraba en peores condiciones para comprar, por falta de poderes y autorizacion; Que el procedimiento de él envolvía responsabilida

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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-46/pagina-426

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