lador, el que seexpidió á foja 30 estimando los trabajos practicados por el Doctor Sosa segun las razones que apunta, en la stma de cuarenta mil pesos moneda nacional.
107 Que una vez hecha saber 4las partes esta regulacion se presenta la Empresa consu eseritó de foja 31, sosteniendo que su regulacion era violatoria de la ley y deduciendo en consecuencia los recursos de apelación y nulidad de tal justiprecio, 11 Que corrido traslado de la nulidad y substanciado el punto, se llaman nuevamente quíos y dictó el Juzgado su resolu cion de foja 45, no haciendo lugar ú los recursos deducidos y mandando comparecieran las partes á juicio rerbal, una vezque había sido observada de excesiva la dicha regulacion, 19 Que nuevamente recurre el demandado de hecho ante la Suprema Corte y recae la resolucion de foja 66, declarando no ser apelable el auto recurrido, por cuanto no importa una fijacion definitiva de honorarios y no afectando él tampoco la validez dr los procedimientos: por ésto no hae- lugar ú los recursos interpuestos, 137 Que señalado nuevo día para el juicio verbal, éste tuvo efecto el 14 del corriente y las partes expusieron: la Empresa manteniendo la doctriva entrañada en sus escritos de fojas 2 y M, de que el procedimiento seguido en estos autos era irregular y que por consiguiente era nulo, desde que no lo autorizaba la ley y que pedía al Juzgado se resolviera el caso con arreglo ú derecho.
14" Que contestando el artor, expone: se mantenga la reguiacion del Doctor Delcasse, ronfirmándose y en cuanto ú la argu mentacion apuntada por la contraparte, era improcedentr y tantomás cuando ello había sido ya resuelto por la Suprema Corte y el procedimiento del Juzgado declarado válido, Y considerando: 1" Que los honorarios de los jueces árbitros romo los de letrado, no se encuentran sujetos á arancel, como lopretende la parte demandada, ni puede ello sojetars" á un
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:280
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