"0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE compromete ú pagar en esta forma: 7500 pesos moneda nacio= E nal en 6 meses, con más los intereses de 10, anual, y los EL otros 7500 pesos moneda nacional en 12 meses con el mismo F interés; que en garantía hipoteca la linea de si propiedad, sij tuada en la misma, Mendoza, calle 9 de Julio entro Uruguayana E y Union, y que queda oblizado ú satisfacer los gustos, costos, daños y perjuicios que origino 4 +u acreedor si diere Ingar á ser ejec tado por este crédito, Y manifestando que del cródito contra Barriga había recibido 7500 pesos mone la nacional y parte de los intereses de la primera ctiota, pidió auto de solvendo contra Barriga por 7500 pesos moneda nacional y sus intereses al 10, anual hasta el vencimiento del término lijado en la estritura y en adelante el 10 ° , mensual, que es el interés que cobran los Dancos, con costas, reservándose el derecho de cobrar los daños y perjuicios, En la estacion oportuna Barriga opuso las excepciones de quita y pago, que fueron negadas por el ejecutanto, Abiertas ú prueba no se produjo ninguna.
Fallo del Juez Federal Mendoza, Enero 30 de 1SUL.
Vistos estos antos ejecntivos seguidos por el doctor don Lisandro A. Labal,en representacion de don Luis Cavilliotti, contra don Antero Barriga, por cobro de cantidad de pesos, resulta:
Que citado de remate el deudor, su apoderado el doctor don José N. Lencinas opuso ála demanda las excepciones "e pago y í quita autorizadas por In ley de Procedimicetos en su artículo 270.
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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:410
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