232 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE en pagar la cerveza que se cobra, segun la cuenta presentada por el actor, y que asciende á la suma de dos mil veinte y siete pesos con cuarenta centavos.
Que á esta suma deben agregarse los intereses correspondientes, desde la demanda, porque reconociéndose la Empresa deudora de aquella suma, ha debido consignarla inmediatamente, á finde librarse del pago de aquellos, como lo prescribe el derecho y es de jurisprndencia (Fallos de la Suprema Corte, série 4", tomo 5 pág. 12 ; série 2", tomo 5", página 312).
Que en cuanto álos cascos de vino que se demandan á la vez, resulta que ellos seencuentran en los depósitos de la Estacion, segun lo reconoce el Jefe de la misma, absolviendo las posiciones de foja 15.
Que su entrega, entónces, aparece resistida sin razon ni derecho, y debe verificarse inmediatamente, de acuerdo con la demanda.
Por estos fundamentos, fallo: condenando á la Empresa del Central Norte al pago de la cuenta por cerveza, con los intere ses, desde la demanda, y á la entrega inmediata de los cascos de vino reclamados, salvandoal actor su accion sobre daños y perjuicios en este punto de la cuestion para que la deduzca en otra forma si viere conveniente, con costas. Hágase saber con el original y repónganse los sellos.
Delfin Oliva.
Falte de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 5 de 1891, Vistos y considerando: Que conforme á lo resuelto por la Suprema Corte con fecha veinte y uno de Mayo último, en causa
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:232
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