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Fallos: 42:335 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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le emplazase por medio de oficio al Juez Federal de Mendoza.

Conferido trastado, y notificado Roberts, ésto opuso la excepcion de incompetencia, alegando que siendo él domiciliado en Mendoza, la demanda correspondía al conocimiento del Jues Feleral de Mendoza.

Conferido trasludo, Barreiro pidió el rechazo com costas de la excepcion.

Dijo : Que él uo bahín demnudado 4 Roberts, sinó á la Empresa del Ferrocarril Gran Oeste Argantino que tenía su establecimiento tambien en la Provincia de San Luis, y que había contratado el acarreo en dicha Provincia, debiendo cumplir el contrato en la mlamo; Que por esta razon, al Juez competente para conocer en la demanda sobre cumplimiento de dicho contrato, era el Juez Federal de San Luis, y no el de Mendoza.

Falle del Juez Federal San Luis, Julio 11 de 1891, Y vistos: La excepcion de incompetencia deducida por el Administrador del Ferrocarril Grun Oeste Argentino, en la demanda interpuesta por parto de Don Rufino Barreiro, sobre entrega de carga; y considerando :

1" Que las acciones personales, de cuya índole es la presente, pueden ejercitarse ante el Juez del lugar en que debe cumplirse la obligacion del contrato, 6 ante el del demandado (uerie da, tomo 3 pág. 21 ), naf comoel lugar donde debe tener su cumplimiento el contrato, segun lo indióa la naturaleza de las obliga

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Año: 1891, CSJN Fallos: 42:335 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-42/pagina-335

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