cien mil pesos de cursu legal el señor Aldao, doscientos veinto y ein-o mil pesos de curso legal la señora de lustinsa y cusrenta mil pesos oro el señor Blytb.
Esta escritura se extondió un la Escribanía de Paganini con la eldusula natural de eviccion y saneamiento: pero no se firmó á enusa de un fállo del Juez Federal á faror de D, Pedro Saroli, por el queso aprobaba la mensura hecha por él de parte del terreno que rendía la Empresa.
2" En 18 de Agosto de 1888, ante cl mismo Escribano, Anto= niv Bernard y Agustin Fossuti tendicron 4 Congrese una aliacra con cintrecientas dos mil quinientas raras cuadradas en veinte y nueve mil quinientos pesos oro sellado.
3 En Setiembro de 1887, se comprometió el señor Aldao 4 sender al señor Woodgate el lote desde la borraneo hasta el fondo por (pesos 875) ochocientos setenta y cincu pesos de curso lezal la cuadra de ciento cincuenta virus por costado.
4" Doña Wonecoloda M. de Suarez vendióal señor Woolgute en 1888 ante Paganini, pur cinco mil pesos, duscientas setentu y tres varas de frente al rio por legua y media de fondo.
5" D, Tomás Albaca le vendió al mismo doscientas raras de frente por cinco mil de fundo, por la suma de vinco mil pesos y ante cel mismo Eccribano en fecha 45 de Junio de 4888, U La Empresa de Villa Constitucion ha permitido gratuitamente ú Bancalari Hermanos, que ocupen desdo hace varios años lu purte del puerto que es precisamente el punto al que uo le pretende dar mayor vulor, 7 He consilerado además quo no se debe tomar cn cuenta el mayur valor adquirido por tos terrenos despues y d consecuencia de haberso sancionailo el Ferrocarril, pues así lo dispone terminantemente in ley de la materia.
8' Y per último que, aunque puesto el Ferrocarril en posesion del inmueble no tenía derecho la Empresa para hacerse dar concesiones platónicas de puertos con el solo objeto de que el
Compartir
56Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1891, CSJN Fallos: 42:207
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-42/pagina-207
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 42 en el número: 207 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos