VISTA DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires. Noviembre 21 de 1890, Suprema Corte:
El Juez Letrado del Territorio del lio Negro dirijió ú S. E.
el Sr. Ministro de Justicia Culto é Justruccion Puelica una comunicacion semejante ú la que precede, quejándose de no haber sido obedecidas las providencias dictadas por él en un recurso de habeas corpus interpuesto á nombre de D, Lorenzo Lazarte y de desacatos y desmanes contra su autoridad y su persona, cometidas por autoridades y funcionarios administrativos de aquel Territorio, Pasada dicha comunicacion á mi dictámen lo espedí en les términos siguientes: « El Juez Letrado de la Gobernacion del ltio Negro, solicita de V. E. el auxilio dela fuerza pública, para hacer cumplir las providencias dictadas por el Juzgado á st cargo, en el recurso de habeas corpus interpuesto por D' Nicasia Torres á nombre de D. Lorenzo Lazarte, privado de su libertad é incomunicado desde el 14de Octubre último, por úrden del Gefe de Policía y Gobernador interino del Terrritorio D. Absalon Berreaute, y cuyo recurso no ha podido ser delinido por haberse desobedecido por el comisario encargado de la prision de Lazarte al prestar el informe referido, y haberse negado el Gefe de Policía interino, señor Milher ú prestar el auxilio de la fuerza para hacer cumplir lo decretado. Agrega el Señor Juez que, como el Gobernador interino es el sindicado como autor de la prision de Lazarte, segun los términos de la ley, se vé en la necesidad de recurrir al Poder Público Nacional, ronforme á lo pedido por el Ministerio Fiscal y lo resuelto por el Juzgado en el dictámen y auto que transcribe,
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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:237
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