Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 41:236 de la CSJN Argentina - Año: 1890

Anterior ... | Siguiente ...

cia y que la ley pueda ser cumplimentada. Por ello y lo dictaminado por el Ministerio Fiscal, solicítese del Poder Ejecutivo dela Nacion el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir el auto de habeas corpus antes mencionado, oficiándose á sus efectos, al Exmo. Señor Ministro de Justicia Culto é Instruccion Pública con transcripcion del precedente dictámen fiscal y de este auto. Y sin perjuicio, diríjase oficio ú la Exma.

Corte Suprema de Justicia Nacional haciéndose presente los atentados y desacatos de que ha sido víctima el suscrito Juez Letrado y con insercion del anterior dictámen fiscal y del presen-' te auto, pidiéndose que á sus efectos, tenga á bien reclamar del Gobierno Federal las medidas antes indicadas.— Abraham Arce.—Ante mi: Silvano Otárola, Escribano Secreterio. » Lo brevemente espuesto llevará al conocimiento de V. E.

el justo motivo que me asiste para reclamar de la Suprema Corte Nacional, el amparo de sualta jerarquía y como que es la guardiana de la ley y la columna poderosa de la Administracion de Justicia Nacional contra los avances del poder y los abusos de la fuerza, á fin de que, en atencion á mis reclamos se digne dirijirse al Poder Ejecutivo de la Nacion en los términos que creyese oportunos para restablecer el órden y se presten al Juzgado las garantías que necesita para ejercer sus funciones en la esfera que las leyes establecen.

Con este motivo, tengo el hunor de saludar ú V, E. con la espresion de mis respetos, Abraham Arce.

Silvano Otárola, Escribano Secretario.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

39

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1890, CSJN Fallos: 41:236 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-236

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 41 en el número: 236 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos