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Fallos: 4:500 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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Subdelegado por empeño del vecindario, fué porque se corria como muy postivo que Santos Valor intentaba en esos dias entrará dicha Villa con 60 6 70 hombres 4 saquear á los vecinos, Espinoza contesté que es cierto, pues que Chacon mandó ame nazar á Valor que se contuviese.—Lira, que es cierlo segun la opinion general y hechos que pasaron á su vista —Ceritiña, que es cierto y que debido á Chacon se salvó el vecindario.— Bravo que los vecinos tenian terror á Santos Valor, pero que lo demas no le consta.—Vazquez, que es cierto.

4e Sí Santos Valor es cruel y malo, y despues de haber asesinado al individuo don Santiago Baldez, cometió en la Provincia durante la revolucion, muchos excesos y latrocinios, Espinoza, Lira, Ceritiño y Vazquez, contestaron que es cierto.—Bravo, que esa es la opinion general.

5 Si Chacon no tomó parte alguna á favor de los rebeldes, y por el contrario se manifestó en favor del Gobierno legal, pues enlos dias en que hizo las veces de Subdelegado fué para impedir los excesos que se temian de Valor.

Espinoza y Ceritiño contestaron que es cierto.—Lira que oyó decir que Chacon, dijo á Santos Valor que si atropellaba su Departamento, él sabria cumplir con su deber.—Bravo, que lo ignora,— Vazquez, que es cierto, pudiendo asegurar, que si algo les ha quedado á los vecinos, es per la capacidad que ha demostrado Chacon en todos estos lances de mala fortuna.

6 SiChacon es un hombre honrado, de buena fama, cargadu de familia, y si durante los años de residencia en la Provincia se ha ocupado de agricultura y de la profesion de procurador recibido, Espinoza, Lira, Ceritiño y Vazquez, contestaron que es cierto.—Bravo, qeu sabe que tiene familia, no constándole lo demás de la pregunta.

7? Silos cueros de oveja que Chacon pidió á los vecinos no los pidió por fuerza, siné voluntariamente, y en este sentido algunas personas le dieron varios cueros.

Espinoza contestó que es cierto, puesal vecino que no daba no se le obligaba.

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:500 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-500

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