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Fallos: 39:180 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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180 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Que nombrado perito para la avuluacion de la propiedad calle Tacuarí N" 28 ú 32 (hoy N" 54 ú 60), he procedido al lleno de mi cometido, y de ello paso á dar cuenta á V. S.

Para formar una opinion mis exacta sobre el valor de ese inmueble, he tomado las informaciunes necesarias sobre precios obtenidos en enagenaciones realizidas de propiedades cercanas, y de una ubicacion más ó menos semejante, He tenido tambien en consideracion la furma del terreno, que, siendo de mucho frente con relacion al fondo, influye favorablemente en el precio.

El terreno mide 13 metros 93 centímetros de frente al Oeste, 14 metros 20 centímetros en el contrafrente y 15 metros 60 centímetros de fondo, lo que forma una supercie de 219 metros 1 centímetros.

El edificio es antiguo y se compone de almacenes al frente.

Avalúo el terreno ú que me he referido, incluyendo el edificio que contiene, ú razon de 950 pesos moneda nacional el metro cuadrado, lo que forma un total de doscientos ocho mil cuatrocientos treinta y nueve pesos cincuenta centavos moneda nucional $ (m/a 208.439,50).

Dejo así cumplido mi cometido, Avelino lolon.

Citados ambos peritos para dar esplicaciones, el de la Muni— cipalidad, dijo: que se limitaba ú reproducir su informe. El del propietario, dijo: que corroboraba lo espresado en su informe, con los siguientes datos: en la calle Chacabuco entre Rivadavia y Victoria, se había realizado una venta á razon de 1200 pesos el metro cuadrado; que otra propiedad, en frente de la que en estos autos se trata, se había avaluado judicialmente á 752 pesos el metro, sin incluir los edificios y los daños. En el mismo acto, manifestaron los peritos que habían medido nuevamente

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:180 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-180

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