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Fallos: 39:182 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 8 de 1890 Vistos: Con el mérito de las informaciones periciales corrientes en autos, y atento el valor fijado á propiedades situadas en condiciones análogas ú las que se refieren estos autos, en espropiaciones anteriormente realizadas, al mismo fin de la presente:

se resuelve fijar en quinientos cincuenta pesos moneda nacional el valor del metro cuadrado, del terreno ú espropiarse, dejúndose subsistente la apreciacion hecha por la sentencia apelada de foja treinta y cuatro, en lo que respecta al valor del edificio existente en dicho terreno, y siendo las costas causadas de cargo del espropiante, de conformidad ú lo dispuesto por el artículo diez y ocho de la ley de la materia, y devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA. — FEDERICO
IBARGÚREN.—EC. S. DE LA TORRE.

—LUIS Y. VARELA.—ABEL BAZAN.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:182 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-39/pagina-182

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