el sumario levantado, al respecto, creo de necesidad que sus diligencias se amplien y complementen por la aduana, á los efectos de los artíenlos 1044 y 1053 de las ordenanzas de la misma, Complementado el sumario, el señor administrador tendrá úá bien ordenar se me devuelva para ocurrir ante quien corresponda, F. Vócos.
Buenos Aires, Julio 26 de 1687.
Pase ú la alcaidía para que esprese en qué depósito han sido recibidas las mercancías de que se trata y qué ayudantes se hallaban á la custodia del mismo.
E. Anido.
Buenos Aires, Julio 27 de 1887, Al alcaide señor E. Velez, para que inform" con arreglo á la resolucion anterior.
E. Moreno, Señor alcaide principal :
El vapor Congo entrado en Noviembre 30 de 1880, bajo registro número 1135, á que se refiere este espediente, aparece girado en esa fecha, á los depósitos del norte, siendo recibida sn carga por los empleados D. Manuel Zambrano, guarda almacen 1° y D. Alberto Martinez, guarda almacen 2".
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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:213
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