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Fallos: 35:254 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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CAUSA XXI
Doña Petrona Candioti de Iriondo, contra Don Cárlos Castagno, sobre oposición ú naa sentencia de amparo enla posesion, Sumario. — 1" Pendiente un pleito, no puede cambiarse de estado, ni enagenarse la cosa objeto del pleito, 2 Ordenado por sentencia el amparo en la posesion, no pueden invocars» los actos ejecutados ú solicit id de la oponente en contra de esa posesion, y declarados atentatorios, para fundar la oposicion al cumplimiento de dicha sentencia, 3" La cosa juzgada debe cumplirse, requirióndose en caso necesario, el auxilio de la fuerza pública.

Caso. — Don Luis Goenaga por la señora de Iriondo, se presentó ante vl Juzgado esporiendo: que ante el mismo Juzgado, Don Cárlos Castagno seguía un juicio posesorio, contra Don José M° Crespo, sobre un campo situado er el distrito Estacas, departamento de la Paz; Que en ese juicio, se había ordenado ú pedido de Castagno, que se desocupara el campo por las personas que actualmente lo

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Año: 1888, CSJN Fallos: 35:254 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-35/pagina-254

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