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Fallos: 347:338 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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347 Recurso de queja interpuesto por Jorge G. Rizzo, letrado en causa propia y en representación de la Asociación Civil Gente de Derecho.

Tribunal de origen: Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 10.

ASEA-ASO CIACIÓ NEMPRENDEDORES —
ARGENTINOS ASOCIACIÓN CIVIL y OTROS c/ INSPECCIÓN

GENERAL DE JUSTICIA s/ INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR.
COMPETENCIA
Es competente el fuero en la nacional comercial para entender en la acción de amparo destinada a obtener la declaración de nulidad -por inconstitucionalidad- de las resoluciones generales de la Inspección General de Justicia 5, 9, 17, 20 y 23/2020 vinculadas a las sociedades por acciones simplificadas, pues se advierte que el contenido material de la pretensión requiere -primordialmente- establecer el sentido y alcance de normas de derecho común, típicas y especiales del derecho comercial; en tanto sin perjuicio de la caracterización que de estas sociedades formula la ley 27.349, lo cierto es que ella constituye un nuevo tipo societario, con aplicación supletoria de las disposiciones de la ley general de sociedades 19.550.(°)

COMPETENCIA
Es competente la justicia comercial para entender en la acción de amparo destinada a obtener la declaración de nulidad -por inconstitucionalidad- de las resoluciones generales de la Inspección General de Justicia 5, 9, 17, 20 y 23/2020 vinculadas a las sociedades por acciones simplificadas, pues no se advierte que para la resolución del caso resulte necesario aplicar o establecer el sentido o alcance de normas de derecho federal.

°) Sentencia del 16 de abril de 2024. Ver fallo.

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-338

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