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Fallos: 347:2026 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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concreto y real, diferente al mero hecho que implica el sometimiento al proceso penal de los recurrentes, razón por la cual la sentencia apelada no constituye una sentencia definitiva ni es equiparable a tal, y no se verifica circunstancia excepcional alguna que justifique la intervención de la Corte (art. 14 de la ley 48).

El juez Lorenzetti, en su voto, consideró que debía desestimarse el recurso por no estar dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal

RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que revocó el sobreseimiento de los imputados y devolvió las actuaciones para el cumplimiento de los actos procesales pendientes de producción es inadmisible, toda vez que no demuestra que se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal, ni que la decisión apelada ocasione un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior, más allá del que irroga todo proceso penal.

El juez Lorenzetti, en su voto, consideró que debía desestimarse el recurso por no estar dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal

RECURSO EXTRAORDINARIO
Es inadmisible el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que revocó el sobreseimiento de los imputados y devolvió las actuaciones para el cumplimiento de los actos procesales pendientes de producción, pues no surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva en los términos en que lo ha reconocido la jurisprudencia del Tribunal y tal agravio fue presentado mediante una aseveración genérica sin referencias concretas al trámite de la causa que permitan su consideración.

El juez Lorenzetti, en su voto, consideró que debía desestimarse el recurso por no estar dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal

RECURSO EXTRAORDINARIO
Es inadmisible el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que revocó el sobreseimiento de los imputados y devolvió las actuaciones para el cumplimiento de los actos procesales pendientes de pro

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:2026 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-2026

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