5 Que aclarado el marco general de regulación, debe tenerse en cuenta que en junio de 1993, mediante la ley 2316, la legislatura provincial, con fundamento en la ley 786, creó la "Reserva Provincial Península de Magallanes" (artículo 1); dispuso que el Poder Ejecutivo provincial debía elaborar el Plan de Manejo en un plazo improrrogable de 180 días contados a partir de la sanción de esa ley y ser girado a la legislatura para que en el plazo también improrrogable de 60 días procediese a su tratamiento y sanción (artículos 2° y 3"). Asimismo, se suspendió -con excepción de los trabajos para la construcción de la Central Hidroeléctrica Río Mitre- por el término de 240 días "...la aprobación de nuevas subdivisiones, proyectos de desarrollo o cualquier otro acto que pudiera comprometer el destino de las tierras de la Reserva" (artículo 5° texto según el decreto 1467/93 y resolución 56/93).
En forma provisoria, se estableció que la administración del Area estaría a cargo de un Consejo de Administración, conformado por el Consejo Agrario Provincial, la Subsecretaría de Turismo y la Municipalidad de El Calafate (artículo 4").
En mayo de 1994, la legislatura sancionó la ley 2355 y concedió una primera prórroga de 270 días al plazo establecido en el artículo 2° de la ley 2316, es decir, para el dictado del Plan de Manejo. Cinco meses después, en octubre de 1994, se sancionó la ley 2372 en la que se dejó establecido que el Poder Ejecutivo debía girar ese Plan a la Cámara de Diputados para "...darle tratamiento y sanción dentro del actual período ordinario de sesiones". Es así que en noviembre de 1994, por la ley 2387 se sancionó el Plan de Manejo (artículo 1") y se volvió a suspender, esta vez por 400 días, la aprobación de nuevas subdivisiones enla Reserva Provincial Península de Magallanes; sin embargo, el entonces Gobernador vetó el citado Plan y, en su lugar, lo mantuvo bajo la forma de "objetivos" de observación obligatoria para su elaboración decreto 1785/94).
Llegado el año 1995, a fines de noviembre, por medio de la ley 2425, la legislatura concedió otra prórroga para que el Poder Ejecutivo provincial elaborase el Plan de Manejo, esta vez fue hasta el 30 de junio de 1996; asimismo se dispuso que una vez elevado a la Cámara de Diputados, esta debía darle tratamiento en un plazo "que no [podía] exceder el período de sesiones ordinarias del próximo año legislativo" artículos 1° y 39). Nuevamente se suspendió la aprobación de nuevas subdivisiones, proyectos de desarrollo o cualquier otro acto que pudie
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3499
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