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Fallos: 344:3500 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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se comprometer el destino de las tierras, hasta la sanción por parte de la legislatura del Plan de Manejo (artículo 2).

Con posterioridad, se volvió a aplazar el tiempo para sancionar el Plan por 240 días contados a partir del 1° de julio de 1996 (artículo 1", ley 2442); se mantuvo la "prohibición" de autorizar nuevas subdivisiones, proyectos, etc. en la Reserva en cuestión por 18 meses o hasta la sanción del mencionado plan de gestión en dicha área (artículo 1", ley 2492).

En el año 2003, más precisamente el 23 de octubre, se crea el "...

área natural protegida Península de Magallanes, (...) integrada por la Reserva Provincial Península de Magallanes Zona Norte, la Reserva Provincial Península de Magallanes Zona Sur y el Parque Provincial Península de Magallanes, en el marco de lo establecido en la Ley 786 con los límites que se indican y describen en el Anexo T" (ley 2662, artículo 19).

Y en el año 2016 se promulgó la ley 3466 ("Ley de Áreas Protegidas") que introduce nuevas categorizaciones y zonas, fija diversas limitaciones y restricciones al dominio para las distintas Áreas y requiere, para concretar su aplicación específica, de su reglamentación artículo 45) y del dictado de un Plan de Manejo (artículo 23).

II. Alcances de los derechos constitucionales de propiedad y de comerciar, sus límites 6) Que el artículo 14 de la Constitución Nacional consagra el derecho de usar y disponer de la propiedad, y en el artículo 17 se reconoce su carácter inviolable.

Desde antiguo, esta Corte consideró que "las palabras Tibertad y propiedad", comprensivas de toda la vida social y política, son términos constitucionales y deben ser tomados en el sentido más amplio; y la segunda, cuando se emplea en los artículos 14 y 17 de la Constitución, o en otras disposiciones de ese estatuto, comprende todos los intereses apreciables que un hombre puede poseer fuera de sí mismo, fuera de su vida y de su libertad..." (Fallos: 145:307 ).

Tan amplia definición, no impidió que este Tribunal reconociese en diversos ámbitos- un fin social en la propiedad privada (Fallos:

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3500 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-3500

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