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Fallos: 344:3470 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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que versan, en último término, sobre situaciones regidas por normas federales deben tramitar ante el fuero federal en razón de la materia.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
CUESTIONES DE COMPETENCIA
La solución de las contiendas de competencia exige atender al relato de los hechos contenido en la demanda e indagar acerca de la naturaleza y el origen de la pretensión.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

El Juzgado de Familia 7 y el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal 2, ambos con asiento en la ciudad de La Plata, discrepan sobre su competencia para conocer en esta acción dirigida a que se deje sin efecto el incremento de la cuota de la cobertura médica W. resoluciones digitales del 30/06/20 y 07/07/20).

La jueza provincial rechazó la radicación fundada en que se demanda a un agente del sistema de salud (art. 38, ley 23.661); mientras que su par federal lo hizo apoyado en que la prestadora es una persona pública no estatal -dependiente de la Caja de Previsión Social para Abogados de Buenos Aires- que no está inscripta en el registro respectivo y en que no se discuten cuestiones que puedan proyectarse sobre la estructura y el funcionamiento del sistema sanitario nacional.

Ratificada la declinatoria por la magistrada provincial (wer resolución del 24/08/21), se suscitó un conflicto de competencia que debe dirimir esa Corte, con arreglo al artículo 24, inciso 7, del decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708.

Cabe anotar que no consta que la medida cautelar haya sido tratada por los jueces contendientes (w. ítem IV del escrito en formato digital del 27/06/20).

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3470 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-3470

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