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Fallos: 343:1633 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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tendiendo extender sus efectos a una situación fáctica que a simple vista presenta múltiples distingos al compararla con la tenida en miras por V.E., y confundiendo algo que a todas luces resulta obvio como ser la natural inteligencia que debe dársele al proceso complejo de designación de los magistrados de la Nación.

Partiendo de las directrices fijadas por la Corte Suprema de Justicia en las Acordadas 4/18 y 7/18, pone de resalto que el "traslado" del doctor Castelli al Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7 de la Capital Federal resulta, en realidad, el nombramiento del citado magistrado en un nuevo cargo judicial, en los términos del art. 99, inc. 4", párrafo 2", de la Constitución Nacional, razón por la cual, dicha designación no se encuentra completa.

Contestado el traslado por la demandada, el 2 de octubre de 2020 V.E. corre vista a este Ministerio Público por el plazo de cuarenta y ocho horas con habilitación de días y horas.

VI-
Sentado lo expuesto, entiendo que las cuestiones aquí debatidas son sustancialmente análogas a las que han sido examinadas en mi dictamen del día de la fecha en la causa CAF 11174/2020/1/RS1, "Bertuzzi, Pablo Daniel y otro c/ Estado Nacional - PJN y otro s/ amparo ley 16.986", a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo que fuere pertinente para la resolución del sub examine, cabe remitirse por razones de brevedad.

VII-
En consecuencia, opino que corresponde hacer lugar al presente recurso extraordinario por salto de instancia y revocar la sentencia apelada. Buenos Aires, 3 de octubre de 2020. Eduardo Ezequiel Casal.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de noviembre de 2020.

Vistos los autos: "Castelli, Germán Andrés c/ Estado Nacional Consejo de la Magistratura de la Nación s/ amparo ley 16.986".

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1633 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-1633

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