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Fallos: 343:1163 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Recurso extraordinario interpuesto por Claudio Ramos Feijoo, parte demandada, abogado en causa propia.

Traslado contestado por Oscar Jorge Aguirre, abogado relator de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mercedes, Sala II y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 2 del mencionado departamento judicial.


W., S. J. c/ D., L. D. s/ MEDIDA PROVISIONAL URGENTE CUIDADO
PERSONAL UNILATERAL

CONFLICTO DE COMPETENCIA
Al resolver conflictos de competencia en procesos en los que se encuentran involucrados los derechos de los niños, niñas y adolescentes debe examinarse prudencialmente los elementos configurativos de cada supuesto, en la convicción de que así lo exige el mejor interés que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño.

COMPETENCIA
El Código Civil y Comercial de la Nación asigna el conocimiento de los procesos relativos a niños, niñas y adolescentes al juez del foro en el cual se sitúa su centro de vida (art. 716) y asimismo, la ley 26.061 define dicho concepto como el lugar donde ellos hubieren transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia.


CONFLICTO DE COMPETENCIA
Frente a la situación que en el estado actual de la causa, no es posible determinar si el centro de vida de los niños se sitúa o no en el lugar donde residen actualmente con el progenitor, si los magistrados en disputa están en situación legal análoga para asumir el juzgamiento de la causa, la elección debe hacerse valorando cuál de ellos cuenta con mejores elementos para alcanzar la tutela integral de los derechos del niño.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1163 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-1163

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