convenios de transferencias de competencias del Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proceso político que se encuentra en marcha, tal como lo evidencia la celebración de diversos convenios por los cuales se han ido transfiriendo competencias parciales de la justicia nacional ordinaria a la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Disidencia del juez Rosenkrantz).
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
La ley 24.588 ha definido un mandato explícito que exige un diálogo institucional entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires tendiente a obtener los consensos necesarios para avanzar en el proceso de transferencia (art. 6); se trata de un proceso complejo que requiere acuerdos políticos en distintos ámbitos: además de competencias, la transferencia conlleva el traspaso de órganos (juzgados, tribunales, fiscalías, defensorías) y personal (empleados, funcionarios y magistrados), asícomo de los recursos y de los bienes correspondientes a la labor de los órganos transferidos (Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Teniendo en cuenta que la transferencia de la justicia nacional ordinaria al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires debe ser el resultado de una decisión política consensuada, el Poder Judicial no debe adoptar medidas que puedan impactar en la forma y oportunidad en que los poderes que tienen la atribución y responsabilidad para ello decidan organizar el traspaso de competencias ya que la adopción de decisiones judiciales en este ámbito -reservado legalmente a los poderes políticospodría comprometer valores fundamentales como el acceso a la justicia y la seguridad jurídica (Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
JUECES
La misión más delicada de los jueces es saber mantenerse dentro de su órbita, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes del Estado, toda vez que es el judicial el llamado por la ley para sostener la observancia de la Constitución Nacional, de ahí que un avance de este poder menoscabando las facultades de los demás revestiría la mayor gravedad para la armonía constitucional y el orden público Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:513
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